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Martes, 21 Junio 2011 07:47

Becas para la Biblioteca

Becas de verano para la Biblioteca de la Fundación Lázaro Galdiano.

Una de las misiones fundamentales de la Fundación Lázaro Galdiano es poner al servicio de la sociedad las importantes colecciones que legó al Estado D. José Lázaro Galdiano. Para alcanzar este objetivo es preciso perfeccionar continuamente sus sistemas de información y


documentación, intentando mejorar la calidad del servicio que esta Institución cultural presta según sus Estatutos.

La Fundación Lázaro Galdiano desea facilitar al mayor número posible de especialistas en el área de Humanidades la oportunidad de colaborar en los trabajos de investigación, catalogación y difusión de los fondos museísticos y bibliográficos que se realizan actualmente. Con este fin, la Fundación Lázaro Galdiano convoca 2 becas para los meses de verano destinadas a la Biblioteca.

Solicitudes: Hasta el 21 de junio de 2011.
Requisitos de los solicitantes: Ser  licenciado con posterioridad a mayo de 2009, en alguna de las carreras del área de Humanidades y Ciencias Sociales.
Méritos de los solicitantes: Se valorará el expediente académico y las becas o ayudas disfrutadas (hasta 1,5 puntos). Se valorará la experiencia en catalogación y clasificación de bibliotecas o archivos (hasta 1,5 puntos). Se valorará la experiencia investigadora (hasta 1 punto). Se valorarán los conocimientos de Informática a nivel de usuario (Word, Access, PowerPoint,…) (hasta 1 punto). Se valorará el conocimiento de inglés, así como el dominio de algún otro idioma de la Unión Europea (hasta 1 punto).
Tareas a desempeñar: Bajo la tutela del responsable de la Biblioteca, en adelante “el tutor”, el becario participará en la catalogación y clasificación de los fondos bibliográficos y documentales, al igual que en otras actividades de la Biblioteca, del Archivo y del Gabinete de Estampas y Dibujos o, en su caso, de programas generales de la Fundación.
Dotación económica total de cada beca: 2.100 euros (brutos).
Plazo de solicitud: Hasta el 21 de junio de 2011.
Formalización de solicitudes: Las solicitudes deberán entregarse en la Secretaría de la Fundación Lázaro Galdiano: C/ Serrano, 122. 28006 Madrid. Telf. 91 561.60.84, fax 91 561.77.93, indicando en el sobre la referencia: BECAS VERANO 2011. Podrán así mismo enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. . Los solicitantes preseleccionados acudirán a una entrevista en la cual se comprometen a presentar y entregar la documentación acreditativa de sus méritos o en el momento en que la Fundación se lo requiera.
Proceso de selección: La Dirección de la Fundación Lázaro Galdiano nombrará una Comisión para la selección que pronunciará su decisión antes del 29 de junio de 2011. El fallo será comunicado únicamente a los beneficiarios, publicándose sus nombres en la página web www.flg.es.
Periodo y condiciones de disfrute: La beca tendrá una duración de tres meses, desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2011; el horario, de lunes a viernes, será de 25 horas semanales. Con carácter general, se establece un horario de 9 a 14 y de lunes a viernes para el cumplimiento de las actividades a desarrollar por el becario. La Fundación podrá alterar puntualmente este horario mediando circunstancias de interés mutuo con el becario. Las fechas de comienzo y finalización del programa de becas son inaplazables. La dotación económica se hará efectiva por periodos mensuales, por importes proporcionales al periodo transcurrido y previa certificación al Departamento de Personal, por parte del tutor, de los resultados del trabajo encomendado y realizado durante el período correspondiente de abono. La beca objeto de esta convocatoria no establecerá relación contractual alguna, no vinculará laboralmente al becario con la Fundación ni implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla de la misma. No se derivará para las partes firmantes obligación alguna referente a la Seguridad Social, por carecer de esta condición la relación jurídica que se establece mediante esta convocatoria de beca entre el becario y la Fundación. La Fundación Lázaro Galdiano correrá con los gastos de suscripción del seguro de asistencia sanitaria de los becarios beneficiarios de la beca. La Fundación Lázaro Galdiano podrá efectuar, en su caso, las retenciones correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas según lo previsto en la legislación vigente, así como cualesquiera otras retenciones legales y la expedición de los correspondientes certificados de retención al becario. La Fundación nombrará un tutor que coordinará y dirigirá las actividades a desarrollar por el becario, y garantizará su orientación y la resolución de las consultas que plantee. Este tutor relacionará todos los trabajos que haya realizado el becario en un “certificado de final de beca” en el que se mencionarán tanto las actividades realizadas como su evaluación. Así mismo, el tutor deberá valorar el progreso de los becarios durante su periodo de estancia en la Fundación y facilitarles, en su caso, el acceso a la documentación y a las colecciones que, a su juicio, sea preciso para el buen desarrollo de las actividades programadas. La Fundación queda exonerada de cualquier responsabilidad por daños a las personas u objetos que provengan de la realización por el becario de las actividades objeto de esta convocatoria.
Obligaciones del beneficiario y régimen de disfrute de la beca: Desarrollar el plan de trabajo fijado por la Fundación de acuerdo con las tareas marcadas por el tutor y la Dirección de la Fundación Lázaro Galdiano. Cumplir el horario establecido y las normas internas de la Fundación, así como guardar secreto profesional sobre las tareas realizadas durante su estancia y una vez finalizada ésta. En caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo documentalmente al tutor asignado por la Fundación. Facilitar en todo momento al tutor asignado cuanta información y documentación se le solicite sobre la marcha y resultados del trabajo encomendado. El material resultante de las prácticas quedará, en todo caso, como propiedad de la Fundación. Incorporarse a la Fundación en la fecha establecida por la misma, siendo necesario para poder interrumpir la beca la autorización expresa del tutor. Durante el periodo de disfrute de la beca, los becarios deberán respetar en todo momento las normas de organización, régimen interno y de seguridad vigentes en la misma. Realizar una memoria de las actividades desarrolladas durante el período de duración de la beca, con una amplitud máxima de 6 folios. Dicha memoria será requisito imprescindible para la emisión del “certificado de final de la beca” y el becario reconoce a la Fundación como titular pleno de dicha memoria.
Participación: La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes bases y de todas las condiciones en ellas contenidas.
Resolución de la beca una vez concedida:
La condición de beneficiario de este programa de becas quedará resuelta de pleno derecho en el supuesto de incumplimiento de las condiciones y obligaciones de las partes recogidas en la convocatoria del programa. Esta resolución no originará a favor de la otra parte derecho a percibir indemnización o compensación de ningún tipo.
Además, y siempre que la parte que resuelva lo notifique a la otra parte con una antelación mínima de quince días, serán causas de resolución anticipada del presente programa de becas las siguientes:
o    El mutuo acuerdo de las partes.
o    La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción.
o    La denuncia por desistimiento de una de las partes, con el preaviso de 15 días correspondiente, que se documentará por escrito.
o    Por causas justificadas de bajo rendimiento, falta de aprovechamiento, ausencias injustificadas, comportamiento inapropiado o falta de cooperación, apreciado por su tutor o por la Dirección de la Fundación Lázaro Galdiano.
Esta resolución no originará a favor de la otra parte derecho a percibir indemnización o compensación de ningún tipo.
Fuente original: http://www.flg.es/biblioteca/biblioteca.htm

 

 

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